¿Puedo pedir adaptar mi jornada laboral?
Sí. El artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores permite solicitar una adaptación temporal de jornada sin reducción salarial, por ejemplo, para ajustar horarios en los primeros días de septiembre o durante periodos de adaptación escolar. La empresa debe contestar en un plazo máximo de 15 días; si no lo hace, la petición se considera aceptada.
¿Qué otras opciones existen?
Además de la adaptación de jornada, puedes:
Solicitar una reducción de jornada entre un octavo y la mitad, con reducción proporcional del salario.
Usar el permiso parental de hasta 8 semanas para hijos menores de 8 años, que puede disfrutarse de forma continuada o fragmentada.
Aprovechar el permiso por nacimiento y cuidado, que tras la última reforma asciende a 19 semanas retribuidas por progenitor, más 2 semanas flexibles hasta que el menor cumpla 8 años.
¿Qué pasa si la empresa no acepta mi solicitud?
Si rechaza la adaptación, debe justificarlo con razones organizativas y proponer alternativas. En caso de conflicto, puedes acudir a los Juzgados de lo Social en un procedimiento preferente y rápido.
Recuerda: la clave está en planificar con tiempo, negociar y activar el derecho más adecuado a cada situación. Y si te surge cualquier duda, tienes a tu equipo jurídico de Valorian para asesorarte.