¿Sabías que puedes solicitar una excedencia voluntaria y mantener tu relación laboral con la empresa?

Así es. El artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a pedir una excedencia voluntaria, una pausa temporal en tu empleo sin perder el vínculo con la empresa. No se cobra salario durante este periodo, pero tu contrato sigue vigente y podrás reincorporarte después.

¿Cuánto puede durar una excedencia voluntaria?
Entre 4 meses y 5 años, según lo que se acuerde con la empresa. Está pensada para quienes necesitan tiempo por motivos personales, familiares, formativos o de salud.

¿Qué pasa con tu puesto mientras estás de excedencia?
Durante ese tiempo no trabajas ni cobras, pero la empresa mantiene tu derecho preferente a reincorporarte cuando termine la excedencia, siempre que haya una vacante de tu mismo grupo profesional.

¿Existen otros tipos de excedencia?
Sí. Además de la voluntaria, está la excedencia forzosa, por ejemplo, cuando ocupas un cargo público o sindical. En esos casos, el puesto queda reservado y debes ser readmitido/a al finalizar.

¿Qué leyes protegen este derecho?
Además del Estatuto, otras normas como la Ley de Libertad Sindical, la Ley de Permisos Parentales o la Ley de Empleo refuerzan la protección de los trabajadores en estos periodos.

En resumen:
La excedencia voluntaria te permite parar sin romper con tu empresa. Si necesitas tiempo para ti, para tu familia o para formarte, infórmate y ejerce tu derecho. Desde Valorian te podeos orientarte y ayudarte en todo el proceso.

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