Información y aclaraciones sobre el nuevo Sistema de Incentivos

El Comité Intercentros ha ratificado los acuerdos tratados en la reunión de la Comisión de Seguimiento de Incentivos.

1.- Información y datos del Nuevo Sistema Incentivos en abril

Nos han entregado un cuadro resumen comparativo con la venta y los incentivos abonados

por centro y divisiones de abril 2013 y de abril 2014. En dicha información se observa que la cantidad total desembolsada en incentivos en la Empresa en dicho mes en 2013 y en 2014 es prácticamente la misma.

2.-Pruebas experimentales realizadas en las divisiones de Juventud

Tal y como se acordó en el acuerdo del Nuevo Sistema de Incentivos, se van a obtener los

incentivos percibidos por los trabajadores de estos ambientes durante los meses de prueba y se calcularán los incentivos que se hubieran generado con la misma venta, si se hubiera aplicado el sistema individual durante ese mismo tiempo.

Si se producen variaciones en negativo, sobre el importe total desembolsado en el ambiente, se abonará la diferencia entre todos los trabajadores del ambiente, teniendo en cuenta la proporción a su jornada durante el tiempo de la prueba.

ccoo se ha opuesto a este acuerdo de compensación que salvaguarda los incentivos de los

centros que han estado en pruebas.

3.-Información en el SIE

Hemos detectado algún error en la información ofrecida en el SIE, ya que aparecía algún cálculo intermedio casi imposible de descifrar. Hemos exigido que se corrija y aparezcan datos concretos para una mejor comprensión. Igualmente hemos requerido a la Empresa que introduzca apartados nuevos para que cualquier trabajador, con la información que va a aparecer, pueda calcular sus incentivos con total transparencia. Todo ello se podrá ver en dicha aplicación en el mes de julio.

4.-Días sueltos

Para el cálculo de la jornada efectiva, y por tanto para el cálculo de la venta exenta, sólo se tendrán en cuenta los días de presencia de venta y no se tendrán en cuenta los días correspondientes a las vacaciones retribuidas que figuran en los calendarios.

5.-Jornadas bonificadas

Para el cálculo de la venta exenta se debe tener en cuenta únicamente la jornada real efectiva del trabajador (las horas reales que trabaja) y no la parte de la jornada que está bonificada, de tal forma que la jornada que está bonificada a efectos de nómina no incremente su venta exenta.

También hemos ratificado uno de los acuerdos que se alcanzó en la firma del Nuevo Sistema: con el Nuevo Sistema se abonará la misma cantidad de incentivos, con carácter global, con respecto al anterior, siempre a igualdad de venta.

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