¿Puede la empresa escribirme o llamarme mientras estoy de baja?
No. La empresa no debe contactarte para preguntarte por tu estado de salud ni por la duración de la baja. Esa información debe obtenerla a través de la Seguridad Social.
¿Estoy obligado/a a responder si me contactan?
No. No tienes ninguna obligación de responder a mensajes, llamadas o correos de la empresa mientras estés de baja, salvo por una cuestión profesional muy concreta y justificada.
¿Qué debo comunicar obligatoriamente a la empresa?
Solo el inicio de la baja, cuando se concede por primera vez. No estás obligado/a a informar sobre renovaciones, revisiones médicas, diagnósticos ni plazos.
¿Puedo ignorar los mensajes si insisten?
Sí. Es totalmente legal no contestar e incluso archivar o silenciar la conversación. Tu derecho a la intimidad y a la recuperación está protegido.