¿Quién puede solicitar estas dos semanas extra?
- Progenitores de hijos/as nacidos a partir del 2 de agosto de 2024.
- Personas trabajadoras por cuenta ajena, autónomas o empleadas públicas.
- Deben estar en situación de alta y cumplir el periodo mínimo de cotización según su edad.
¿A partir de cuándo pueden disfrutarse?
Desde el 1 de enero de 2026, de forma flexible, hasta que el menor cumpla los ocho años.
En familias monoparentales, la ampliación será de cuatro semanas.
¿Cómo encajan estas semanas con el permiso por nacimiento?
- El permiso por nacimiento se amplía de 16 a 17 semanas.
- Las seis primeras semanas siguen siendo obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento.
- El resto puede disfrutarse por semanas, seguidas o no, a jornada completa o parcial.
- En hogares monoparentales, el total asciende a 32 semanas.
¿Dónde se solicita la ampliación y qué documentos hacen falta?
La solicitud puede presentarse hasta 15 días antes del inicio del permiso.
Vías para solicitarlo:
- Portal Tu Seguridad Social (con certificado digital o Cl@ve).
- Plataforma sin certificado digital del INSS.
- Correo postal a la Dirección Provincial del INSS.
- Atención presencial con cita previa.
Documentación básica:
- DNI/NIE o pasaporte.
- Certificado de empresa con fechas de descanso.
- Informe de maternidad / Libro de Familia / inscripción en Registro Civil.
- En adopción o acogimiento: resolución judicial o administrativa correspondiente.
¿Quién paga el permiso?
La Seguridad Social, al 100% de la base reguladora. Esta prestación está exenta de IRPF.
Y, si te surge cualquier duda, consulta a tu delegado/a de Valorian.