1.- “Un día trabajado es igual a un día de cotización independientemente de las horas trabajadas en ese día”, por esta razón la sentencia suprime el coeficiente regulador.
2.- Solo afectará al personal trabajador a tiempo parcial que solicite a partir de ahora su jubilación y no será aplicable a las personas que ya estén cobrando pensión o que ya tengan reconocido el derecho para empezar a cobrarla próximamente.