VIGENCIA: 4 años, con entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
JORNADA: A partir del 1 de enero de 2018:
- 1.792 horas anuales.
- Para los trabajadores de las tiendas “Supercor Exprés” las jornadas trabajadas al año no excederán de 224.
- Para los trabajadores de las tiendas “Supercor” se garantizan descansos de calidad de cinco sábados unidos a domingos y de cinco domingos unidos a lunes.
SUBIDA SALARIAL:
- Año 2017: 1,5% incremento salario base, a partir de la publicación del Convenio en el BOE.
- Años sucesivos (2018-2020): se incrementará en un 0,75% a partir del 1 de enero de cada ejercicio de vigencia.
DOMINGOS Y FESTIVOS
Limitación del trabajo en domingos y festivos al 70% de apertura comercial.
CLASIFICACIÓN PROFESIONAL
La Empresa se niega a que exista un plazo de tiempo máximo para ascender automáticamente del grupo profesional a especialista.
Esto es, a grandes rasgos, lo que la Empresa nos ofrece después de 4 años de sequía y sacrificios por parte de todos los trabajadores de Supercor.
Hace 4 años la Empresa nos pidió un esfuerzo a todos los trabajadores y ahora es ésta la que tiene que hacer el esfuerzo.
LOS TRABAJADORES DE SUPERCOR NOS MERECEMOS MUCHO MÁS Y POR ESO FASGA SEGUIRÁ DEFENDIENDO LAS PROPUESTAS DE MEJORA