Prestación por nacimiento y cuidado del menor: lo que debes saber

La prestación por nacimiento y cuidado del menor te da derecho a 16 semanas de permiso retribuido tras el nacimiento, adopción o acogida. Ambos progenitores pueden disfrutar de este descanso, que es obligatorio en parte y flexible en otra.

¿Qué es esta prestación?
Es un permiso retribuido de 16 semanas para los progenitores, tras el nacimiento, adopción o acogida de un menor. Sustituye las antiguas prestaciones por maternidad y paternidad.

¿Quién puede solicitarla?
Cualquier persona trabajadora que tenga un hijo por nacimiento, adopción o acogimiento, ya sea biológica o adoptiva.

¿Cuánto dura el permiso?

  • 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento o adopción.
  • 10 semanas más, que se pueden repartir de forma flexible en los 12 meses siguientes.

¿Cómo se solicita?
Hay tres formas:

  1. Online, si tienes certificado digital o Cl@ve, desde «Tu Seguridad Social».
  2. Sin certificado, desde el portal específico sin identificación previa.
  3. Presencial o por correo, entregando el formulario y documentos en el INSS o ISM con cita previa.

¿Qué documentos necesito?

  • Formulario de solicitud.
  • DNI o NIE de los progenitores.
  • Certificado de empresa (para trabajadores por cuenta ajena).
  • Y en algunos casos, libro de familia, resolución judicial o informe de maternidad.

¿Puedo tramitar también la asistencia sanitaria del bebé?
Sí, al mismo tiempo puedes inscribir al recién nacido como beneficiario para que tenga acceso a la Seguridad Social.

¿Tiene algún coste?
No. Es una prestación pública.


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