Esta medida exige modificación del art. 48.7 del ET y no recoge retroactividad, por lo que no podrán ampliar la duración del permiso los padres que estén disfrutando en el momento de la publicación del permiso de 4 semanas, ni los padres de los niños nacidos antes del día siguiente a la publicación oficial.
Para FASGA este es un paso adelante hacia la equiparación del permiso de paternidad con el de maternidad de 16 semanas.
Si tienes dudas, consulta a tu delegado de FASGA.