¿Sabías que tu empresa puede ser multada con hasta 7.500 € por contactarte fuera del horario laboral?

El Estatuto de los Trabajadores protege tu derecho a la desconexión digital. Ni correos, ni llamadas, ni mensajes de WhatsApp fuera de tu jornada: tu tiempo personal es intocable. Te contamos en qué consiste este derecho, qué límites tiene la empresa y cómo reclamar si no se respeta.

¿Qué dice la ley sobre la desconexión digital?

El artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores reconoce que, una vez finalizada tu jornada, no estás obligado a atender llamadas, correos o mensajes de la empresa.

¿Qué pasa si la empresa insiste en contactarte?
Si las comunicaciones son reiteradas e injustificadas, las sanciones pueden ir de 571 € hasta 7.500 €, según la gravedad y el tamaño de la empresa.

¿Y si trabajo en remoto o en modelo híbrido?
El derecho también aplica. La empresa no puede vigilarte de forma indiscriminada ni invadir tu vida personal, salvo que exista una política interna clara y justificada.

¿Cómo puedo reclamar si no respetan mi desconexión?
Primero, informa a tu comité de empresa o utiliza los cauces internos. Si el problema persiste, puedes denunciarlo ante la Inspección de Trabajo.

Si tienes alguna duda al respecto, consulta con tus delegados de Valorian

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