¿Qué dice la ley sobre la desconexión digital?
El artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores reconoce que, una vez finalizada tu jornada, no estás obligado a atender llamadas, correos o mensajes de la empresa.
¿Qué pasa si la empresa insiste en contactarte?
Si las comunicaciones son reiteradas e injustificadas, las sanciones pueden ir de 571 € hasta 7.500 €, según la gravedad y el tamaño de la empresa.
¿Y si trabajo en remoto o en modelo híbrido?
El derecho también aplica. La empresa no puede vigilarte de forma indiscriminada ni invadir tu vida personal, salvo que exista una política interna clara y justificada.
¿Cómo puedo reclamar si no respetan mi desconexión?
Primero, informa a tu comité de empresa o utiliza los cauces internos. Si el problema persiste, puedes denunciarlo ante la Inspección de Trabajo.
Si tienes alguna duda al respecto, consulta con tus delegados de Valorian