Comité Intercentros Carrefour 23 de abril 2019

Os informamos de los puntos más importantes abordados en el último Comité Intercentros de la empresa Carrefour

RECONOCIMIENTOS MÉDICOS

El uso de Unidades Móviles para realizar los reconocimientos médicos queda regulado según la normativa vigente en cada Comunidad Autónoma, las cuales toman como referencia la distancia existente entre el centro de trabajo y el centro del servicio de prevención ajeno correspondiente.

APLICACIÓN REALES DECRETO

La afectación sobre las condiciones laborales de los trabajadores que va a suponer la aprobación de los Reales Decretos Ley 6 y 8 será mínima puesto que la Empresa ya cuenta con un sistema de control de presencia y de verificación de la jornada.

Respecto al apartado de conciliación, sólo hay que actualizar las licencias retribuidas de los permisos por nacimiento de hijo a lo que exige el Real Decreto.

PLACAS IDENTIFICATIVAS

La Empresa no valora a día de hoy suprimir el primer apellido de los trabajadores en las placas identificativas aduciendo que no se incumple con la normativa de la Ley de Protección de Datos.

GESTIÓN DE RESIDUOS

Hemos trasladado a la Empresa las incidencias detectadas en la designación de trabajadores para la gestión de residuos.

Estos puestos se han cubierto mediante movilidad funcional, polivalencias y en un 18%, por voluntariedad.

EXTERNALIZACIONES

Hemos mostrado nuestra preocupación con las progresivas externalizaciones deservicios que se están llevando a cabo en los últimos meses.

Respecto a la amortización de los últimos 30 Stand de Finanzas y Seguros, nos han comunicado la reubicación de 102 trabajadores, de los cuales, 19 han sido reubicados en el Call Center.

GUARDIA DE MANTENIMIENTO

A partir del 1 de mayo, los Auxiliares de Mantenimiento que portaban móvil de guardia dejarán de realizar dicha función y de percibir el complemento a ella asociado.

Hemos llegado a un acuerdo para que, de manera excepcional, éstos perciban una compensación, la cual será:

– En un único pago abonado en mayo 2019.

-75% de lo percibido en 2018 en el Plus de Disponibilidad.

-Haberlo percibido al menos durante 11 meses.

– No compensable, ni absorbible, ni regularizable.

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