¿Puede la empresa instalar cámaras para vigilar mi trabajo? Sí. La ley permite a la empresa utilizar sistemas de videovigilancia para verificar el cumplimiento de las obligaciones y deberes laborales de la plantilla, así como para garantizar la seguridad de las instalaciones.
¿Necesitan mi permiso o mi firma para empezar a grabarme? No. Para instalar estas cámaras en zonas de trabajo, la empresa no necesita el consentimiento expreso ni la firma individual de las personas trabajadoras. Pero atención: aunque no necesiten tu permiso, sí tienen la obligación ineludible de informarte. Deben comunicar de forma clara la existencia del sistema, su finalidad y la ubicación de las cámaras (ya sea mediante un correo, una circular informativa o carteles bien visibles).
¿Pueden poner cámaras en cualquier sitio? Rotundamente no. El derecho a tu intimidad es intocable. Está terminantemente prohibido instalar dispositivos de grabación en lugares destinados al descanso o esparcimiento de la plantilla, como vestuarios, aseos, comedores o zonas de descanso. Solo están permitidas en áreas estrictamente operativas o de producción.
¿Las cámaras pueden grabar también nuestras conversaciones? No. Como norma general, la grabación de audio en el puesto de trabajo se considera una medida desproporcionada que vulnera la intimidad. Las cámaras deben limitarse a captar imágenes. Además, el acceso a estas grabaciones debe estar fuertemente protegido y restringido a las personas autorizadas.
¿Tienes alguna duda al respecto? Consulta a tu delegado/a de Valorian.