Según el Estatuto de los Trabajadores, este «pacto de no competencia» solo es válido bajo condiciones muy estrictas y, lo más importante, exige siempre que la empresa te abone una compensación económica adecuada. Si tu antigua dirección intenta restringir tu libertad laboral «gratis», debes saber que esa prohibición no tiene ninguna validez legal. Te explicamos detalladamente tus derechos para que no frenen tu carrera.
Preguntas Frecuentes: El pacto de no competencia postcontractual
¿Qué es el pacto de no competencia y cuánto puede durar?
Es un acuerdo por el cual el trabajador se compromete a no realizar actividad laboral en empresas competidoras directas una vez finalizado su contrato. De acuerdo con el Artículo 21.2 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), este pacto tiene límites de tiempo estrictos que no se pueden superar:
- Un máximo de dos años para los trabajadores técnicos.
- Un máximo de seis meses para el resto de los trabajadores.
¿Qué requisitos exige la ley para que este pacto sea válido?
Para que la empresa pueda exigirte que cumplas este acuerdo tras tu salida, el artículo 21.2 del Estatuto de los Trabajadores determina que se tienen que dar obligatoriamente dos condiciones:
- Interés real: Que el empresario tenga un efectivo interés industrial o comercial en que no trabajes para la competencia (por ejemplo, si manejas información muy sensible o secretos comerciales).
- Compensación económica: Que se te abone una compensación económica adecuada por esa limitación. Si no hay pago (o este es ridículo), el pacto es nulo.
¿Qué pasa si firmé la cláusula en mi contrato pero la empresa no me paga nada al irme?
La cláusula queda completamente anulada. Al no cumplirse el requisito legal de la compensación económica, recuperas tu total libertad laboral. Podrás empezar a trabajar en cualquier empresa de la competencia al día siguiente de finalizar tu contrato sin que tu antiguo empleador pueda reclamarte nada.
¿Y si recibo la compensación pero decido incumplir el pacto?
En este caso, la ley protege también a las empresas frente a incumplimientos. Si has firmado un pacto válido, cobras la compensación económica y, aun así, te marchas a trabajar a un competidor directo durante el tiempo acordado, tu antigua empresa puede demandarte. Las consecuencias legales suelen ser la devolución íntegra de las cantidades percibidas e incluso reclamaciones adicionales por daños y perjuicios si demuestran que ha existido un perjuicio comercial grave.
Las cláusulas de no competencia que se firman al inicio de la relación laboral a menudo se redactan de manera genérica o abusiva para asustar al trabajador. Si vas a cambiar de empresa y tienes dudas sobre la validez de tu cláusula o la cuantía de tu compensación, contacta con tu delegado/a de Valorian para recibir asesoramiento legal personalizado antes de dar cualquier paso.