MODIFICACIÓN SUSTANCIAL
- Eliminación de la movilidad geográfica.
- Elección de jornada en el puesto de destino, entre rotativa, fijo de tarde o turno partido.
- Incorporación a fecha 1 de julio al nuevo destino para personas trabajadoras con guarda legal.
- Garantizar las vacaciones y exceso de jornada concretados en 2023.
- No afectación para determinados colectivos vulnerables.
- Incremento de la indemnización a 20 días por un máximo de 12 mensualidades.
BAJAS INCENTIVADAS
- Pago del convenio especial de la Seguridad Social hasta los 63 años.
Desde la parte social, seguimos insistiendo en el mantenimiento de los complementos del personal que se traslade a centros comerciales, frente a la propuesta de la empresa que consiste en eliminarlos.
Además de trabajar en la:
- Reducción del personal afectado por el art. 41.
- Aumento del personal que pueda acogerse a las bajas incentivadas.
- Incremento de las cantidades tanto para la extinción por art. 41 como para las bajas incentivadas.