¿Despedido por salir a tu hora? Desmentimos el bulo sobre tu jornada laboral

¿Te imaginas que te puedan echar del trabajo por marcharte a casa exactamente cuando termina tu turno? En los últimos meses se ha viralizado una alerta que afirma que el Tribunal Supremo avala estos despidos, sembrando la preocupación en las plantillas. Que no cunda el pánico: las fuentes oficiales ya han aclarado que no existe ninguna sentencia que prohíba irse a tu hora. Lo que la ley vigila no es la puntualidad al salir, sino dar por terminada la actividad antes de tiempo. Si eres de los que organiza sus minutos al milímetro, esto te interesa para proteger tu empleo con total seguridad.

¿Es verdad que el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia para despedir a quien se va «en punto»?

No, es un bulo. A raíz de la confusión, el propio gabinete de comunicación del Tribunal Supremo ha confirmado oficialmente que no han dictado ninguna resolución que avale un despido por «salir a la hora». Tienes todo el derecho del mundo a marcharte en el segundo exacto en el que finaliza tu jornada contractual.

Entonces, ¿cuál es el verdadero riesgo legal del que hablaban los medios?

La clave no está en el minuto en el que cruzas la puerta de salida, sino en lo que haces los minutos anteriores. Lo que la jurisprudencia y el Estatuto de los Trabajadores (artículos 5 y 54) sí consideran un incumplimiento es que un empleado, de forma sistemática, deje de realizar tareas productivas, apague el ordenador o recoja sus herramientas 10 o 15 minutos antes de tiempo con el único fin de estar en la puerta esperando a que el reloj marque la hora. El problema no es ser de los primeros en salir, sino abandonar las obligaciones antes de que acabe tu jornada de trabajo efectivo.

¿Me pueden aplicar un despido disciplinario si un día recojo mis cosas cinco minutos antes?

En absoluto. Para que un despido de este tipo sea declarado procedente por un juez, la empresa tiene la obligación de demostrar que la conducta es grave, reiterada en el tiempo y que causa un perjuicio real a la actividad. Además, por doctrina del propio Tribunal Supremo, la empresa no puede echarte de forma automática: está obligada a concederte un trámite de audiencia previa para que puedas defenderte y dar explicaciones.

¿Hay sectores donde sí está permitido recoger o cambiarse de ropa antes de la hora de salida?

Sí, y aquí es donde el Convenio Colectivo tiene la última palabra. Muchos convenios sectoriales o acuerdos de empresa regulan expresamente el «tiempo de aseo», el tiempo de vestuario (para uniformes) o el margen técnico para el apagado seguro de maquinaria y sistemas informáticos. Si tu texto regulador dice que esos minutos forman parte de la jornada laboral, realizarlos es 100% legal y la empresa no te puede sancionar.

Si tienes dudas al respecto consulta con tu delegado/a de Valorian

© 2026 Valorian. Todos los derechos reservados. -