¿Puede la empresa decidir tus vacaciones?
No. Según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones deben fijarse de común acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora, teniendo en cuenta también lo que establezca el convenio colectivo.
¿Cuántos días te corresponden?
Tienes derecho, como mínimo, a 30 días naturales de vacaciones al año, aunque en función de tu Convenio Colectivo, pueden ser más y pueden ser tanto en días naturales como laborables. Son días retribuidos y no pueden sustituirse por dinero mientras dure el contrato.
¿Puede la empresa imponer fechas?
En general, no puede hacerlo de forma unilateral. Solo en casos concretos, como cuando el convenio colectivo lo regula (por ejemplo, cierres obligatorios), podría fijar periodos, pero siempre respetando la normativa y los derechos del trabajador.
¿Con cuánta antelación deben avisarte?
Debes conocer tus fechas de vacaciones con al menos dos meses de antelación, lo que permite organizar tu vida personal y familiar.
¿Qué pasa si no hay acuerdo?
Si no hay acuerdo entre empresa y trabajador/a, puedes acudir a la jurisdicción social, que será quien determine las fechas de disfrute.
¿Y si la empresa las impone?
Puedes impugnar la decisión, ya que el derecho a vacaciones está protegido legalmente y no puede convertirse en una imposición arbitraria.
Importante: solicita siempre tus vacaciones por escrito y con antelación. Tener confirmación evita cambios injustificados y protege tus derechos.
Consulta a tu delegado/a de Valorian ante cualquier duda al respecto.